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Estructura patrimonial para familias de LatAm y España
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Simulador patrimonial

Cómo invertir un patrimonio de 5 a 250 millones

Fije una asignación, un gasto y un horizonte, y vea cuánto vale la cartera después de costes, de impuestos y de la capitalización que ambos le quitan.

El simulador funciona en su navegador y necesita JavaScript. La metodología, las hipótesis y dos ejemplos resueltos siguen debajo y no lo requieren.
Antes del modelo

Qué cambia al crecer el capital, y qué no

Por encima de unos 25 millones, dos carteras con la misma asignación rinden el mismo porcentaje y pierden la misma parte en impuestos: sólo crecen las cifras en euros. Por eso un solo simulador cubre de 5 a 250 millones.

Por debajo de unos 10 millones los mercados privados no son asignables de forma realista; entre 10 y 25 millones, una parte; por encima, el conjunto entero. El simulador ajusta las clases privadas antes de calcular y devuelve el capital liberado a renta variable y renta fija en un 60/40.

Metodología

Cómo se construye la proyección

El simulador corre sobre el mismo motor que la Calculadora del lastre fiscal. Hay un solo modelo de capitalización después de impuestos, no dos, y las cifras fiscales de ambos instrumentos coinciden por construcción.

Una clase, un año
coste = valor × tipo de coste rendimiento = valor × (rendimiento bruto − tipo de coste) renta = rendimiento × parte distribuida → gravada al generarse revaloriz. = rendimiento − renta → sin gravar hasta realizar realizado = plusvalía latente acumulada × rotación

Los costes se deducen antes del impuesto. El tipo anual lo fija la situación fiscal: en España el tipo medio de la escala del ahorro; bajo el art. 93, 0; en Colombia, Chile y otro país, su tarifa. Las comisiones de fondos no son deducibles de la renta financiera.

Ejemplo resuelto

Sobre 25 millones a 30 años

Recalculado ejecutando node contra el motor con la asignación por defecto, en la situación española del art. 14.2.h y en la chilena.

Referencia bruta 192.992.378 · horizonte 30 años
España (R = 27 %) neto 103.584.503 € preservado 47 % lastre fiscal 92 pb Chile (R = 35 %) neto 92.536.737 USD preservado 40 % lastre fiscal 120 pb

La misma cartera, el mismo rendimiento bruto: la única diferencia es el tipo anual que la situación aplica. En la situación española la póliza del art. 14.2.h difiere hasta el rescate; en Chile las sumas del seguro no son renta, pero la prima soporta el 22 por ciento del art. 59 N.º 3.

Los rendimientos son deterministas

Cada clase gana su rendimiento declarado cada año. No hay volatilidad ni riesgo de secuencia. Léalo como caso central, no como predicción.

El tipo lo fija la situación fiscal

En España el tipo medio de la escala del ahorro (19 a 30 por ciento); bajo el art. 93, 0; en Colombia y Chile su tarifa marginal. El Impuesto sobre el Patrimonio y el ITSGF gravan por igual a ambas vías y no se modelan.

Normativa y fuentes

Las autoridades en que se apoya esta página

Art. 14.2.h) LIRPF (Ley 35/2006)

El diferimiento anual de un unit linked sólo existe si la aseguradora decide los activos de cada cesta y el tomador elige entre cestas, sin instrucciones singulares. En caso contrario se imputa cada año la variación del valor liquidativo. Eficiencia fiscal.

Arts. 46, 66 y 76 LIRPF

La base del ahorro y la escala del 19, 21, 23, 27 y 30 por ciento sobre intereses, dividendos y ganancias patrimoniales. Es el impuesto anual de la cartera directa.

Arts. 33.3.b) y 6.4 LIRPF; Ley 29/1987 del ISD (arts. 3.1.c, 20.2.b y 21)

Al fallecer ni la cartera ni la póliza pagan IRPF; el capital del seguro tributa en el ISD con la reducción de 9.195,49 euros por beneficiario y una tarifa estatal que llega al 34 por ciento. Bonificación autonómica del 99 por ciento en Madrid, Andalucía y la Comunitat Valenciana; en Cataluña sólo al cónyuge.

Art. 88 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro; art. 1911 del Código Civil

El beneficiario tiene un derecho propio y el capital se paga fuera de la partición; el derecho de rescate del tomador sigue siendo alcanzable por sus propios acreedores en vida. La ventaja sucesoria es de orden y control, no un ahorro de IRPF.

Chile: art. 17 N.º 3 y art. 59 N.º 3 LIR; escala del art. 52

Las sumas del seguro de vida no son renta, pero cada prima a una aseguradora no establecida en Chile soporta el impuesto adicional del 22 por ciento, un coste de entrada real. Herencias del 1 al 25 por ciento (Ley 16.271). Cifras en USD.

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