Modele una venta, una salida a bolsa o una sucesión y vea la secuencia y los tiempos que deciden cuánto entra de verdad en la cartera.
Entre los ingresos brutos y el capital invertible están los costes de la operación, la deuda, el impuesto del evento, lo donado o gastado al cierre, y los meses que los ingresos pasan como efectivo antes de invertirse.
El tipo del evento lo dirige la situación: en España la escala del ahorro (una venta es una ganancia patrimonial en la base del ahorro; una sucesión no paga IRPF, art. 33.3.b, y el ISD va aparte); en Colombia, Chile y otro país, su tarifa.
Recalculado con node en la situación española (R = 27), con un coste de la operación del 3 por ciento y seis meses hasta el despliegue.
ingresos brutos 50.000.000 €
impuesto del evento 12.825.000 €
capital invertible 35.675.000 €El impuesto se calcula sobre la ganancia neta del coste de la operación; la deuda cancelada al cierre es un destino de los ingresos, no una merma. El coste del retraso no es el interés perdido, sino lo que ese interés habría generado el resto del horizonte.
Venta de participaciones, salida a bolsa y desinversión, venta de la empresa, sucesión (sin IRPF, art. 33.3.b; el ISD aparte) y donación (ISD aparte). En España el tipo del evento es la escala del ahorro; en Colombia y Chile su tarifa.
El modelo no aplica tipos estatales ni recargos ajenos; el tipo del evento procede del selector de situación fiscal.
El diferimiento anual de un unit linked sólo existe si la aseguradora decide los activos de cada cesta y el tomador elige entre cestas, sin instrucciones singulares. En caso contrario se imputa cada año la variación del valor liquidativo. Eficiencia fiscal.
La base del ahorro y la escala del 19, 21, 23, 27 y 30 por ciento sobre intereses, dividendos y ganancias patrimoniales. Es el impuesto anual de la cartera directa.
Al fallecer ni la cartera ni la póliza pagan IRPF; el capital del seguro tributa en el ISD con la reducción de 9.195,49 euros por beneficiario y una tarifa estatal que llega al 34 por ciento. Bonificación autonómica del 99 por ciento en Madrid, Andalucía y la Comunitat Valenciana; en Cataluña sólo al cónyuge.
El beneficiario tiene un derecho propio y el capital se paga fuera de la partición; el derecho de rescate del tomador sigue siendo alcanzable por sus propios acreedores en vida. La ventaja sucesoria es de orden y control, no un ahorro de IRPF.
No se afirma diferimiento dentro de la póliza (no verificado). El seguro de vida es ganancia ocasional exenta hasta 3.250 UVT y del 15 por ciento en el exceso (arts. 303-1 y 314 ET). Cifras en USD.
Las sumas del seguro de vida no son renta, pero cada prima a una aseguradora no establecida en Chile soporta el impuesto adicional del 22 por ciento, un coste de entrada real. Herencias del 1 al 25 por ciento (Ley 16.271). Cifras en USD.
Cada solicitud la lee en persona un especialista sénior y nunca entra en un embudo de venta. Recibirá una respuesta escrita, normalmente en un día hábil.
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